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Membresía » Contenido Exclusivo » Flexión espinal no es lo mismo que flexión torácica

La FLEXIÓN TORÁCICA es FUNCIÓN, ya que indica la capacidad de las costillas de disponerse en RI (posición exhalatoria/ expansión en T8) y que sistémicamente existe la posibilidad de acceder al descanso. Un tórax hiperinflado es un sistema EN GUARDIA (simpático-dominante).
Sin embargo, la FLEXIÓN ESPINAL puede establecerse COMPENSATORIAMENTE (como en la imagen de la izquierda) en la que las costillas se disponen en RE respondiendo a la anteversión pélvica y con el objetivo de gestionar el PLANO SAGITAL para, simplemente, evitar caerse hacia adelante.
Puede existir FLEXIÓN ESPINAL sin FLEXIÓN TORÁCICA (con un tórax en inspiración), pero nunca al revés: la FLEXIÓN TORÁCICA implica ciertos grados (30º) de FLEXIÓN ESPINAL, determinados por la capacidad de la cadena posterior de ceder ante la carga axial gravitatoria.
La FLEXIÓN TORÁCICA FUNCIONAL implica SIEMPRE:
Posterior Expansion Seated Breathing: La referencia de los Isquiones permite equilibrar el CDM sobre el apoyo manteniendo los ilíacos en posterior (inhibición cadena extensora) y el Reach con la pica (inspirando en el descenso) implementa la protracción escapular y por lo tanto la expansión posterior en T8, la función de Oblicuos Internos y Transverso y la RI de las costillas.